Fecha: 05/09/23

¿Ya no tendrán pensión los millennials?


Diferencias entre la Ley 73 y la Ley 97 del IMSS


Seguro ya lo habrás escuchado o visto por ahí en Facebook, Instagram, TikTok, etcétera. Te han contado que si empezaste a trabajar antes del 97, lo más seguro es que tienes la pensión ASEGURADA, pero si empezaste después de ese año... Olvídate de recibir un quinto (o al menos de recibir una pensión decente). Sí, esos posts que hablan sobre que los millennials, centennials y los que siguen la tienen... Pero espera, espera, ¿será todo tan horrible para ellos? ¿quién sabe verdad?

No tenemos una bola de cristal para predecir el futuro, pero no te preocupes, aquí en IINDAAD, te sacamos de las penumbras de la ignorancia.

Así que tranquilo que aquí te van...
Las diferencias entre la Ley 73 y la Ley 97 de las pensiones del IMSS

Ley 73
Esta es la de tus papás, abuelitos, algún tío o tu hermano mayor. Te pide mínimo 500 semanas (que son como 9 años dando lata al IMSS). Con esta Ley tienes de 2 tipos: la de Cesantía o la de Vejez. Para la de Cesantía, basta con tener entre 60 y 64 años, y para la de Vejez, poquito más, mínimo 65 años. ¿Cuánto te darían? Pues depende de lo que ganaste en los últimos cinco años de tu último trabajo. Pero ahí está la cosa: por la de Cesantía sacas entre el 75% y el 95% del total, mientras que por la de Vejez, ¡Caen los billetes completitos!
Básicamente, la diferencia entre la Pensión de Cesantía y la de Vejez trata de la edad y el porcentaje que te dan por cada una.

Ley 97
Esta es la que seguro te toca a ti y los que bailan al ritmo de los TikToks. Esta Ley 97 tiene un nuevo sistema de cuentas individuales llevadas por la protagonista de esta historia, la llamada Administradora de Fondos o AFORE.
Con la AFORE necesitas un mínimo 800 semanas cotizadas (por lo menos hasta el momento de publicado este artículo) para recibir tus ahorros. La edad de retiro, es la misma que en la Ley 73.
Aquí tienes tres opciones: el Retiro Programado, la Renta Vitalicia y la Pensión Mínima Garantizada. El Retiro Programado depende de lo que tengas ahorrado en tu cuenta, y se acaba cuando se acaba, ósea, cuando te lo gastes. La Renta Vitalicia es lo que la Aseguradora asegura (valga la redundancia) para que no te quedes sin dinero, y se ajusta según la inflación. Y la Pensión Mínima Garantizada que es lo que el Gobierno Federal te da de acuerdo al salario mínimo actualizado al año vigente.
Herramientas
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro o CONSAR (que es la que regula a las afores) te da la opción de hacer tus cálculos muy fácilmente, mediante una calculadora para darte una idea de cuánto tendrás al jubilarte. Solo necesitas ingresar tu CURP, en qué AFORE estás, cuánto ganas, tu NSS y en segundos te dice cuanto te daría tu AFORE de acuerdo a estos datos.

En pocas palabras estás son las principales diferencias entre las leyes del 73 y del 97 del Seguro Social que debes conocer para que no te agarre en curva tu vejez y la disfrutes como todo un sugar daddy o sugar momma.

Recuerda que en IINDAAD te ofrecemos asesoría para este y otros temas financieros.
Si estás interesado en una asesoría personalizada, contáctanos al 33 1411 2805 por llamada o WhatsApp y uno de nuestros expertos se pondrá en contacto contigo.

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